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El límite del 30 % y el SMI: los dos topes que pueden invalidar tu plan

Un plan de retribución flexible bien diseñado se cae por dos sitios: por el porcentaje que se destina a especie y por el salario en dinero que queda al final. Son dos límites laborales, no fiscales, y conviene recalcularlos cada año.

Tope 1: el 30 % de salario en especie

El artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que las percepciones en especie no pueden superar el 30 % de las percepciones salariales del trabajador. No es una recomendación: por encima de ese porcentaje la parte excedida es un pacto contrario a la norma y puede acabar regularizada.

En la práctica esto significa que un empleado con 24.000 € brutos anuales puede destinar como máximo 7.200 € a productos flexibles, y uno con 45.000 € puede llegar a 13.500 €. Para salarios bajos, el tope se alcanza antes de lo que parece cuando se combinan seguro de salud familiar, ticket restaurante y guardería.

Tope 2: el salario en dinero no puede bajar del SMI

La parte del salario que se sigue cobrando en efectivo debe respetar siempre el salario mínimo interprofesional. Es el límite que más planes rompe sin que nadie se dé cuenta, porque el SMI sube casi todos los años mientras las adhesiones al plan se renuevan en automático.

Para 2026 está prevista una nueva subida del SMI, en el entorno del 3 %. Cualquier plan firmado con cifras del año anterior debe revisarse antes de la siguiente nómina: un empleado que rozaba el límite puede haber quedado fuera de rango.

Cómo se calcula, paso a paso

  1. Tomar la retribución bruta anual pactada del trabajador.
  2. Calcular el 30 %: ese es el techo teórico de productos flexibles.
  3. Restar del bruto el importe de los productos elegidos y comprobar que el resultado, prorrateado, no baja del SMI vigente.
  4. Aplicar el menor de los dos límites. Siempre manda el más restrictivo.
  5. Documentar el cálculo y guardarlo: es lo primero que se pide en una inspección.

Ejemplo con dos perfiles

Perfil Bruto anual Tope del 30 % Límite real tras el SMI
Administrativo 21.000 € 6.300 € Manda el SMI: el margen real es menor
Mando intermedio 42.000 € 12.600 € Manda el 30 %: 12.600 €

Otros límites que conviene no olvidar

  • La novación debe ser previa. El acuerdo de sustitución de salario dinerario por especie tiene que firmarse antes de que ese salario se devengue; no se puede aplicar hacia atrás.
  • Voluntariedad. La adhesión al plan es decisión del trabajador y debe poder revocarse en las ventanas previstas.
  • Convenio colectivo. Hay convenios que fijan reglas propias sobre el salario en especie; prevalecen sobre el diseño genérico del plan.
  • Igualdad de acceso. La Directiva (UE) 2023/970 de transparencia retributiva exige que los beneficios sean auditables y que no generen diferencias injustificadas entre trabajadores.

Qué revisar cada mes de enero

Tres cosas: el SMI publicado, las tablas salariales del convenio y las adhesiones vivas al plan. Con esos tres datos se recalculan los topes de cada empleado y se corrige lo que haya quedado fuera antes de que lo detecte una inspección.


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Este artículo tiene carácter informativo y refleja la normativa vigente a fecha de publicación. Cada plan debe validarse con la asesoría laboral y fiscal de la empresa.

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